general

Multas por no emitir DTE en El Salvador (montos reales)

Por Equipo TurboPyme · Publicado el 10 de julio de 2026 · 6 min de lectura

Compartir: WhatsApp Facebook LinkedIn X

Si tenés un negocio en El Salvador, la pregunta ya no es si vas a facturar electrónicamente, sino qué pasa si lo hacés mal. El Ministerio de Hacienda está notificando la obligatoriedad del DTE (Documento Tributario Electrónico) de forma individual al NIT, y desde que esa notificación te llega, el reloj corre para vos. Acá van los números reales del Código Tributario, para que decidás con la cabeza fría y no cuando ya tengás al auditor enfrente.

Multas DTE: dos infracciones distintas (y casi nadie las separa)

En el régimen del DTE hay dos obligaciones separadas, y podés fallar en una sin fallar en la otra: emitir el documento —generar la factura o el crédito fiscal electrónico de la operación— y transmitirlo a Hacienda, es decir, enviarlo al Ministerio para que quede sellado y registrado en su sistema.

Podés emitir un DTE y que nunca llegue a Hacienda: por una caída de internet, un sistema mal configurado, o simplemente porque nadie le dio «enviar». Para la ley eso sigue siendo una falla, y como vas a ver, la de transmisión se castiga más duro que la de emisión. Ambas sanciones viven en el Art. 239-A del Código Tributario, que se agregó justamente para el régimen de documentos electrónicos.

¿Cuál me toca?

Atributo
No emitir
No transmitir
Qué falló
No se generó el DTE de la operación
Se emitió pero no llegó a Hacienda para quedar sellado
Sanción sobre la operación
50% del monto
100% del monto
Piso mínimo
Alrededor de 2 salarios mínimos (comercio y servicios)
9 salarios mínimos (comercio y servicios)
Causa típica
Nadie facturó la venta
Sistema improvisado o Excel que 'emite' pero nunca cierra el envío a Hacienda
Base legal
Art. 239-A del Código Tributario
Art. 239-A del Código Tributario
Si reincidís
Cierre temporal del establecimiento
Cierre temporal del establecimiento

Multa por NO emitir: 50% de la operación

Si no emitís el DTE cuando debías, la sanción es del 50% del monto de la operación que quedó sin documentar.

¿Y si la venta fue de unos pocos dólares? La ley no te deja escapar con una multa simbólica: fija un mínimo de dos salarios mínimos del sector comercio y servicios. En la práctica no existe la «multa chiquita» por no facturar; hasta el descuido más pequeño arranca en cientos de dólares.

Multa por NO transmitir: 100% de la operación

Acá es donde la cosa se pone seria. Si emitís pero el documento nunca llega a Hacienda, la sanción sube al 100% del monto de la operación no transmitida, y el piso salta a nueve salarios mínimos del sector comercio y servicios.

O sea que un solo lote de documentos sin transmitir puede costarte ese piso completo, aunque las ventas del lote sumaran menos. Este es el escenario que más golpea a los negocios que «emiten» con un sistema improvisado o un Excel, pero nunca cierran el ciclo de envío a Hacienda.

Calculadora de multa por DTE

Estimación según el Art. 239-A del Código Tributario.

Tipo de falla
Multa estimada $817.56 Aplica el piso mínimo (2 salarios). Ingresá el monto de la operación para comparar contra el 50%.

Montos estimados según el Art. 239-A del Código Tributario; el piso aplica aunque la operación sea menor. La reincidencia puede llevar al cierre del establecimiento.

Reincidencia: el cierre del negocio

Las multas duelen, pero hay algo peor: el local cerrado. Cuando hay reincidencia en estas infracciones, Hacienda puede ordenar el cierre temporal del establecimiento. Para un restaurante, una clínica o un minisúper, cerrar unos días no es solo perder esas ventas: es la clientela que se va a la competencia, los empleados sin trabajar y el rótulo de «clausurado» a la vista de todo el barrio.

La lógica del régimen es progresiva: primero te cobran, y si seguís fallando, te apagan la caja registradora.

¿Por qué esto se volvió urgente justo ahora?

Dos cosas están pasando en paralelo y conviene no mezclarlas.

La primera: la obligatoriedad se está activando por notificación individual al NIT. No hay una fecha única para todos; es Hacienda tocándote la puerta a vos en particular. Desde que recibís esa notificación ya estás dentro del régimen, y las sanciones del Art. 239-A aplican en tu caso.

La segunda: la Normativa 2.0 de los sistemas de transmisión. Hacienda actualizó las reglas técnicas con las que los sistemas se comunican con su plataforma, y puso el 1 de diciembre de 2026 como fecha límite para que los sistemas de transmisión cumplan esos requisitos. Este punto se le pasa a muchos: no basta con tener «un sistema» de facturación. Si el tuyo no cumple la Normativa 2.0 a tiempo, puede que emita documentos que Hacienda deje de aceptar, y volvés al escenario de la multa por no transmitir. Un sistema desactualizado es, en la práctica, un riesgo de sanción caminando. Qué cambia exactamente lo explicamos en la guía de la Normativa DTE 2.0.

Cómo evitar las multas (sin volverte experto en tributación)

Todas estas sanciones tienen una causa común y evitable: el ciclo del DTE quedó incompleto. O no se emitió, o se emitió pero no se transmitió, o se transmitió con un sistema que dejó de cumplir. Evitarlas se reduce a tres hábitos:

  1. Emitir siempre, en el momento de la venta. Nada de «después lo facturo». El documento se genera cuando ocurre la operación.
  2. Confirmar que Hacienda selló el documento. No alcanza con que tu pantalla diga «listo»; necesitás la confirmación de que el DTE quedó registrado en Hacienda. Un buen sistema te muestra ese estado y reintenta automáticamente cuando el internet falla, en lugar de dejar documentos colgados sin que nadie se dé cuenta.
  3. Usar un sistema que se mantenga al día con la normativa. Cuando cambian las reglas técnicas (como con la Normativa 2.0), quien te da el servicio se actualiza por vos. No deberías ni enterarte del cambio: tus documentos simplemente siguen siendo aceptados.

Si tu operación depende de una hoja de cálculo, de un sistema viejo que nadie mantiene o de acordarte a mano de enviar los documentos, cada día estás rifando uno de estos montos. El costo de un sistema al día es una fracción mínima de una sola multa por no transmitir: compará los precios de los sistemas DTE en 2026 contra un piso de nueve salarios mínimos y sacá la cuenta.

Y si querés ver cómo funciona un sistema que cierra el ciclo completo del DTE con Hacienda —y te avisa cuando algo no se transmitió— date una vuelta por turbopyme.com. Sin apuros: mejor entender esto hoy que explicárselo a un auditor mañana.

Seguí leyendo